Camping Card International (CCI) ó Carnet Internacional de Camping es el documento de identificación del campista.
Es el “Pasaporte” internacional para campistas. La CCI es una prueba de identidad que tiene el mismo valor que un pasaporte y que es reconocido por los campings. El carnet CCI, no es una tarjeta “comercial”, es la tarjeta del campista.
El pasado día 1 de enero de 2014
entró en vigor el nuevo carnet CCI de la FICC.
Desde esta fecha, el editor exclusivo de la CCI (Camping Card International) es la FICC.
A finales del año 2013, después de una larga negociación, que abarcó un período de casi 2 años, culminó el proceso de adquisición, que convierte a la FICC en la única entidad emisora del carnet CCI en todo el mundo.
El carnet CCI es actualmente, para uso exclusivo de las Federaciones y Clubes asociados a la FICC.
El carnet no cambia significativamente su aspecto, a excepción del nuevo diseño, donde aparecerá el logotipo de la FICC y el logotipo que propongan las entidades asociadas.
¿Cuál es la historia del FICC?
La FICC, se fundó en 1933 y comprendía 16 Clubes de 7 países
(Reino Unido, Países Bajos, Bélgica, Francia, Italia, España y Checoslovaquia).
En ese momento nadie podía haber previsto el futuro de esta organización.
Hoy los miembros de la FICC, están ubicados en 4 continentes y representan a más de 70 Clubes y Asociaciones de 38 países.
Protegiendo el interés de los campistas, caravananistas y autocaravananistas a nivel internacional, la FICC promueve constantemente esta creciente forma de turismo. Ayuda a las Federaciones y Clubes afiliados, así como a los campistas que poseen la Camping Card Internacional (CCI) emitida por la FICC: Clasificación internacional de Campings, normas I,S.O. y C.E.N., la estandarización de los equipos, la higiene y la seguridad, la búsqueda de soluciones a los problemas y su puesta en práctica, que los campistas tomen conciencia de la protección del medio ambiente y la necesidad de respetar el patrimonio cultural, son preocupaciones constantes de la FICC. Desde su origen, la FICC ha sido una organización sin fines de lucro.
En el año 1935 se crea una Carta Internacional de Presentación para todos los campistas de la FICC. En 1951 la FICC en unión con AIT (Alianza Internacional de Turismo) emiten un carnet que sería el primer CCI. Posteriormente en el año 1967 la Federación Internacional del Automóvil –FIA– se suma a este acuerdo.
En 2o14 la FICC vuelve a ser el único emisor del CCI.
TEXTOS DE LAS PÓLIZAS DE LOS SEGUROS APAREJADOS
COBERTURA DEL SEGURO DE RESPONSABILIDAD CIVIL – CAMPING CARD INTERNATIONAL (CCI), 2018
Para indemnizar al asegurado hasta los montos especificados más abajo con relación a tales sumas, ya que serán legalmente responsables de pagar con respecto a las demandas que surjan de lesiones corporales o enfermedades (mortal o no mortal) que ocurran durante el período del seguro a las personas y/o daños a la propiedad causada por cualquier accidente que ocurra mientras el Asegurado esté realizando camping, caravaning, autocaravaning o permanezca en un alojamiento alquilado o en un hotel fuera de su domicilio habitual, incluido entre el período que salió de su domicilio con el fin de acampar, hacer caravaning, autocaravaning o permanecer en el alojamiento u hotel alquilado hasta su regreso al mismo.
“Asegurado” se define como: cualquier miembro de la sección de camping en clubes o asociaciones afiliadas a la “Fédération Internationale de Camping, Caravaning et Autocaravaning A.I.S.B.L” y su cónyuge para quienes la tarjeta “Camping Card International” es válida y ha sido emitida, así como cualquier persona que viaje con él o ella en el mismo vehículo privado, mientras que acampen con uno de dichos cónyuges. El número de personas aseguradas en virtud de cualquier tarjeta CCI no excederá de once (11).
Se observa y concuerda que mientras que la cobertura se proporciona para un máximo de once (11) personas que viajen en el mismo vehículo privado, los grupos de ciclistas, que no excedan de once (11), que viajan juntos en el mismo grupo y siguiendo exactamente el mismo itinerario estarán cubiertos como si viajaran en el mismo vehículo privado.
Además, si un miembro tiene que abandonar su grupo temporalmente para regresar a su casa en el transcurso de las vacaciones puede dejar la tarjeta de camping a cargo de su grupo y las garantías del seguro continuarán como si el titular de la tarjeta estuviera presente.
Se entiende y acepta que otros miembros de las secciones de camping de las asociaciones afiliadas a la FICC serán considerados como terceros con el propósito de la indemnización a continuación.
TEXTOS DE LAS PÓLIZAS:
La vigencia de este seguro cubre las reclamaciones derivadas de todas las tarjetas CCI emitidas hasta la fecha de caducidad de dicha CCI en poder del socio del Club. Cualquier reclamación será atendida de acuerdo a los términos del contrato en vigor, durante el año para el cual la tarjeta (Camping Card International) fue emitida.
Mundial
Este seguro excluye la aplicación de las leyes y los costos incurridos en relación con cualquier reclamación que surja en los Estados Unidos de América y Canadá o en cualquier territorio en el que las leyes de los Estados Unidos de América y Canadá puedan ser de aplicación.
CONDICIONES:
El importe de la indemnización no podrá exceder de:
1.800.000 euros con respecto a cualquier accidente o serie de accidentes que surjan de un evento en concepto de lesiones corporales o enfermedades y daños a la propiedad.
Sin límite en el agregado con respecto de todos los accidentes ocurridos durante un período de uno de los seguros.
66.000 euros en materia de lesiones personales únicamente con respecto a cualquier accidente o serie de accidentes que surjan de un evento causado por el uso de una tabla de windsurf en el mar en tierra o cualquier embarcación pequeña sin motor no superior a 5 metros de largo por cada Asegurado;
1) Por lesiones corporales, enfermedades o daños a la propiedad
a) Causada directa o indirectamente por cualquier vehículo propulsado mecánicamente, excepto caravanas y autocaravanas motorizadas/autopropulsadas, siempre que dichos vehículos se utilicen de una manera que no requieran cobertura en virtud de alguna Ley de Tránsito o Cobertura Estatutaria;
b) Causada directa o indirectamente por cualquier aeronave, barco, embarcación, excepto windsurfista o cualquier embarcación sin motor que no exceda los 5 metros de longitud, o que surja de cualquier trabajo realizado allí o sobre ello o en nombre del Asegurado, o del Club o Asociación;
c) Que se deriven de la intoxicación por alimentos, bebidas o materias extrañas o nocivas en los alimentos o bebidas;
d) Que se deriven de la contaminación del aire, el agua o el suelo a menos que sea demostrable y probado que ha sido causado como resultado directo de un evento repentino específico e identificable que ocurre durante el Período del Seguro;
REFRENDO DE EXCLUSIÓN EN CASOS DE GUERRA O TERRORISMO
Sin perjuicio de cualquier disposición contraria dentro de este seguro o cualquier endoso al mismo, se acuerda que este seguro excluye pérdida, daño, costo o gasto de cualquier naturaleza causada directa o indirectamente por, resultante o en conexión con cualquiera de los siguientes, independientemente de cualquier otra causa o evento que contribuya concurrentemente o en cualquier otra secuencia a la pérdida;
(1) Guerra, invasión, actos de enemigos extranjeros, hostilidades u operaciones bélicas (ya sea declarada la guerra o no), guerra civil, rebelión, revolución, insurrección, conmoción civil asumiendo las proporciones de o equivalente a un levantamiento, militar o poder usurpado o;
(2) Cualquier acto de terrorismo.
A los efectos de este refrendo un acto de terrorismo significa un acto, incluyendo, pero no limitado al uso de fuerza o violencia y/o la amenaza del mismo o de cualquier persona o grupo/s de personas, ya sea por cuenta o en nombre de o en conexión con cualquier organización/es o gobierno/s, cometido con fines políticos, religiosos, ideológicos o similares, incluyendo la intención de influir en cualquier gobierno y/o provocar al público o atemorizar a cualquier sector de la población. Este refrendo también excluye las pérdidas, daños, costos o gastos de cualquier naturaleza directa o indirectamente causados por, resultante de o en conexión con cualquier acción tomada para controlar, prevenir, suprimir o de cualquier manera relacionado con los apartados (1) y/o (2) arriba mencionados.
Si los Aseguradores alegan que como consecuencia de esta exclusión, cualquier pérdida, daño, costo o gasto no está cubierto por este seguro, la carga de probar lo contrario recaerá sobre el asegurado.
En el caso de que alguna parte de este refrendo sea encontrado inválido o inaplicable, el resto permanecerá en pleno vigor y efecto.
f) Directa o indirectamente ocasionada por, pasando a través o como consecuencia de la organización de cualquier forma de entretenimiento a gran escala donde se cobra una tarifa de entrada (pero esto no excluye pequeñas competiciones organizadas para diversión o campamentos sociales o concentraciones de caravanas).
g) Causadas directa o indirectamente en actividades de esquí.
2) Lesión corporal, enfermedad o daño a la propiedad de cualquier persona, como resultado de o en el curso de su empleo como titular de la tarjeta “Camping Card International” en virtud de un contrato de trabajo o de aprendizaje del titular del Camping Card International.
3) Los daños a la propiedad poseída u ocupada por o en el cuidado, custodia o control de un Asegurado.
4) Cualquier acto malintencionado cometido por el Asegurado, por ejemplo:
a) daños en el suelo o los cultivos causados por el pisoteo o la instalación de tiendas de campaña;
b) eliminación indiscriminada de la basura;
c) los daños a las aguas del nivel freático, gas, tuberías y/o cables de electricidad.
5) Esta póliza está sujeta a la cláusula de exclusión de las “Asambleas Nucleares de Contaminación Explosiva Radiactiva y Nuclear” de la siguiente manera:
Esta póliza no cubre:
a) Pérdida, destrucción o daño de cualquier propiedad que sea, cualquier pérdida o gasto que resulte o surja de o por cualquier consecuencia de pérdida;
b) Responsabilidad legal de cualquier naturaleza;
Directa o indirectamente causado como contribución o derivado de:
i) Las radiaciones ionizantes o contaminación por radioactividad de cualquier combustible nuclear o de cualquier residuo nuclear procedente de la combustión de combustible nuclear;
ii) Las propiedades radiactivas, tóxicas, explosivas u otras propiedades peligrosas de cualquier ensamblaje nuclear explosivo o componente nuclear del mismo.
6) El amianto Exclusión 2003
Se convino en que esta póliza no se aplicará a las responsabilidades por cualquier reclamo que surja en relación con:
1) Manejo de eliminación para despojar a la demolición de transporte almacenamiento o la eliminación de amianto y/o cualquier otra sustancia o compuesto que incorpora el amianto;
2) Evaluación bajo el control del amianto en el Reglamento de Trabajo de 2002.
Se acuerda además que esta política no se aplicará a:
a) Responsabilidad causada directa, indirectamente o presuntamente contribuida en todo o en parte resultante de la inhalación o ingestión de, o la existencia de, o exposición al asbesto y/o cualquier otra sustancia o compuesto que incorpore amianto.
b) Responsabilidad que es el resultado de la eliminación de cualquier edificio y/o estructura de amianto y/o cualquier otra sustancia o compuesto que incorpore amianto como consecuencia de una situación real o supuesta de peligro para la salud.
c) Cualquier obligación de defender reclamo o demanda contra el Asegurado que alegue responsabilidad resultante de los apartados a) o b) anterior ni a las responsabilidades de los Aseguradores por los Costos de Defensa que surjan de los mismos.
d) Esta póliza no cubre los primeros 70 € en relación con las reclamaciones derivadas de daños a viviendas de alquiler u hoteles.
Los aseguradores aceptan pagar los costos y gastos incurridos, con su consentimiento por escrito, en defensa de cualquier reclamo, siempre que, si se debe realizar un pago que exceda el monto de la indemnización disponible conforme a esta póliza, se deshaga de un reclamo, la responsabilidad del Asegurador por tales costos y gastos será de tal proporción como la cantidad de indemnización disponible bajo esta póliza que, con respecto a ese reclamo, corresponde a la cantidad pagada para disponer de esa demanda.
Los socios asegurados deberán dar aviso a la Asociación de inmediato por escrito, con todos los detalles incurridos de cualquier hecho que pudiera dar lugar a una reclamación bajo esta póliza y, de la recepción de cualquier aviso o reclamación, de la iniciación de cualquier juicio/demanda contra el socio asegurado.
El asegurado no admitirá responsabilidad ni ofrecerá saldar la demanda para resolver cualquier reclamación, sin el consentimiento por escrito de la Asociación o de los aseguradores, quienes tendrán derecho a hacerse cargo y llevar a cabo en el nombre del socio Asegurado por los Aseguradores para beneficiar a cualquier reclamación por indemnización o daños o de otro tipo contra cualquier tercero, será competencia exclusiva en la conducción de las negociaciones y los procedimientos y la solución de cualquier demanda. El Asegurado deberá dar a los Aseguradores la información y la asistencia que los Aseguradores puedan requerir razonablemente.
Si algún Asegurado presentase alguna reclamación a sabiendas de que es falsa o fraudulenta con respecto a la cantidad reclamada, el Asegurado perderá todos los derechos en relación con el seguro en cuestión.
Los Aseguradores se reservan el derecho de solicitar una copia de la factura de alojamiento en camping, hotel o de alquiler para el período total de la estancia.
Todas las demandas o reclamaciones con respecto a lesiones corporales o enfermedades deben ser remitidas sin demora a los aseguradores.
Con respecto a la traducción de este contrato de seguro del CCI (Camping Card International):
Tenga en cuenta que este ejemplar es una traducción del original en inglés –realizado por la FECC, Federación Española de Clubes Campistas–, con el fin de dar un mejor servicio a los socios.
A pesar de que se ha tomado el máximo cuidado para su correcta traducción, la FECC no se hace responsable de las posibles erratas que pudiese contener en el mismo, tanto en el original como en la traducción.
20 de febrero de 2018
FICC, SEGURO DE ACCIDENTES PERSONALES, 2018
DE INTERÉS PARA EL ASEGURADO:
1. Muerte: 100%
2. Pérdida de la vista total e irrecuperable de ambos ojos: 100%
3. Pérdida de la vista total e irrecuperable de un ojo: 100%
4. Pérdida de dos extremidades: 100%
5. Pérdida de una extremidad: 100%
6. Pérdida de la vista total e irrecuperable de un ojo y pérdida de una extremidad: 100 %
7. Discapacidad total permanente: No cubierto
8. Discapacidad total temporal: No cubierto
9. Discapacidad parcial temporal: No cubierto
Ubicación: Bélgica
Límite territorial: Mundial
Nosotros, los Aseguradores, acordamos con el Asegurado, en la medida y en la forma aquí provista, que si la Persona Asegurada:
sufre una lesión corporal causada por un accidente o sufre una enfermedad; Pagaremos al Asegurado, o a los Ejecutivos o Administradores Asegurados, de acuerdo con el Programa de Beneficios, después de que el reclamo total esté respaldado por este Seguro.
Siempre a condición de que:
(a) El beneficio no se pagará en más de uno de los puntos de la Lista de beneficios con respecto a las consecuencias de un Accidente, a excepción de cualquier beneficio pagadero en virtud del presente, con respecto a la Discapacidad Parcial Temporal anterior o posterior a la Discapacidad Total Temporal, o de una Enfermedad. (b) Tampoco se pagará ningún beneficio semanal hasta que se haya determinado y acordado su monto total. Cuando se realice un pago por el beneficio semanal, el monto así pagado se deducirá de cualquier cantidad a tanto alzado pagadero con respecto al mismo Accidente o Enfermedad.
La suma total pagadera en virtud de este seguro con respecto a una o más reclamaciones no excederá en todos los beneficios mayores de ninguno de los artículos incluidos en la Lista de beneficios.
Si el Artículo 1 de la Lista de Beneficios no está cubierto, entonces no se deberá pagar ningún reclamo, que no sea por beneficios semanales, con respecto a cualquier Accidente que hubiera dado lugar a un reclamo de fallecimiento si ese artículo hubiera sido cubierto.
Si el Artículo 1 de la Lista de Beneficios está cubierto y un Accidente causa la muerte de la Persona Asegurada, dentro de los doce meses siguientes a la fecha del Accidente y antes de la liquidación definitiva del beneficio de discapacidad previsto en los Artículos 2 a 7 de el Programa de beneficios, se pagará solo el beneficio previsto en caso de fallecimiento.
No se pagará ningún beneficio en virtud de los puntos 10 u 11 de la Lista de beneficios, en caso de que la enfermedad cause la muerte de la persona asegurada, dentro de los doce meses posteriores a la manifestación de dicha enfermedad.
Tiempo Operativo
Tiempo operativo significa el período de tiempo durante el cual una persona asegurada deja su domicilio habitual con el propósito de acampar, hacer caravaning, autocaravavaning o permanecer en un hotel alquilado mientras viaja hacia/desde un sitio de acampada, incluyendo el período entre el que deja su domicilio con intención de acampar, hacer caravaning, autocaravaning o quedarse en un hotel mientras viaja hacia/desde un camping y su regreso allí.
Además, si un miembro tiene que dejar temporalmente a su grupo mientras regresa a casa durante el transcurso de las vacaciones. Él/ella puede dejar la Tarjeta de Camping al cuidado de su grupo y la cobertura provista por este seguro continuará como si el Titular de la Tarjeta estuviera presente.
EXTENSIONES
Si durante el período de este seguro la Persona Asegurada está sujeta al control de personas (o sus asociados) en el que un pirateo (hijack) y/o secuestro tiene lugar, la cobertura continuará más allá de la fecha de vencimiento de este seguro hasta por otros 12 meses en total, hasta que la persona asegurada haya viajado directamente del lugar de su detención a su domicilio o destino original.
DEFINICIONES
En este seguro:
«LESIÓN CORPORAL»: lesión física identificable que es causada por un Accidente, y única e independientemente de cualquier otra causa, excepto la enfermedad que resulte directamente de, o el tratamiento médico o quirúrgico prescrito por tal lesión, ocasione la muerte o discapacidad del Asegurado dentro de los doce meses a partir de la fecha del Accidente.
‘ACCIDENTE’ significa un evento repentino, imprevisto, inusual y específico que ocurre en un momento y lugar identificables durante el Período de seguro.
El accidente también incluirá la desaparición. Si la persona asegurada no es encontrada dentro de los doce meses de su desaparición, y se producen suficientes pruebas satisfactorias para los Aseguradores que las llevan inevitablemente a la conclusión de que la Persona Asegurada ha sufrido una Lesión Corporal y que dicha lesión ha causado la muerte de la Persona Asegurada, los Aseguradores pagarán inmediatamente cualquier beneficio por fallecimiento, según corresponda, conforme a este seguro, siempre que la persona o personas a quienes se les pague dicha suma firmen un compromiso para reembolsar dicha suma a los aseguradores si posteriormente se descubre que la persona asegurada está viva.
“ENFERMEDAD” significa indisposición o dolencia de la persona asegurada que se manifiesta primero durante el período de seguro y ocasiona la discapacidad total de la persona asegurada dentro de los doce meses posteriores a la manifestación.
“DISCAPACIDAD TOTAL TEMPORAL” significa la discapacidad que impide completamente que la persona asegurada asista a su negocio u ocupación.
“DISCAPACIDAD PARCIAL TEMPORAL” significa la discapacidad que impide que la Persona Asegurada asista a una parte sustancial de su negocio u ocupación.
“INCAPACIDAD TOTAL PERMANENTE” significa la discapacidad que impide por completo que la Persona Asegurada asista a cualquier negocio u ocupación para la que se ajuste razonablemente mediante capacitación, educación o experiencia y que dura doce meses y al final de ese período está más allá de la esperanza de mejora.
“PÉRDIDA DE UN MIEMBRO” significa la pérdida permanente por separación física de una mano en o por encima de la muñeca o de un pie en o por encima del tobillo e incluye la pérdida total e irrecuperable permanente del uso de la mano, el brazo o la pierna.
“HIJACK” O PIRATEO significa que el control de un medio de transporte por el que viaja la Persona Asegurada pasa involuntariamente de la tripulación regular a una persona o personas que han utilizado o amenazado con emplear medios violentos para obtener dicho control.
“SECUESTRO” significa la captura y retención ilegal de la Persona Asegurada por personas que luego exigen específicamente de los bienes del Asegurado o de la Persona Asegurada un rescate como condición para la liberación de la Persona Asegurada.
EXCLUSIONES
Este seguro no cubre los reclamos o demandas de ninguna manera causados o contribuidos por:
guerra, declarada o no, hostilidades o cualquier acto de guerra o guerra civil;
la amenaza real y maliciosa del uso de materiales biológicos, químicos, patógenos o venenosos;
reacción nuclear, radiación nuclear o contaminación radiactiva;
la persona asegurada que participe o esté involucrada en el servicio u operaciones de las fuerzas armadas;
la persona asegurada que se dedica a volar de cualquier forma que no sea como pasajero;
el suicidio o intento de suicidio o autolesión intencional de la persona asegurada o la persona asegurada en estado de demencia;
enfermedad venérea o síndrome de inmunodeficiencia adquirida (SIDA), Complejo Relacionado con el SIDA (CRS) o virus de inmunodeficiencia humana (VIH), independientemente de si estos han sido adquiridos o pueden ser nombrados;
la exposición deliberada de la persona asegurada a un peligro excepcional (excepto en un intento de salvar vidas humanas);
el propio acto criminal de la persona asegurada;
la persona asegurada está bajo la influencia de alcohol o drogas;
embarazo o parto; neurosis, psiconeurosis, psicopatías o psicosis, ansiedad, estrés, fatiga o enfermedades o desórdenes mentales o emocionales de cualquier tipo.
Nota importante:
Con respecto a la traducción de este contrato de seguro del CCI (Camping Card International):
Tenga en cuenta que este ejemplar es una traducción del original en inglés –realizado por la FECC, Federación Española de Clubes Campistas–, con el fin de dar un mejor servicio a los socios.
A pesar de que se ha tomado el máximo cuidado para su correcta traducción, la FECC no se hace responsable de las posibles erratas que pudiese contener en el mismo, tanto en el original como en la traducción.
5 de marzo de 2018
Añadimos PDF con actualización del año 2020 del texto del plan de seguro de la CCI.-
ADVERTENCIA IMPORTANTE: Este documento es una traducción gratuita del original adjunto, realizado por la FECC. La traducción se proporciona solo con fines informativos. No tiene valor legal y no debe usarse como referencia. La responsabilidad de la FECC o Miller no están comprometidas con la precisión, integridad y actualización de esta versión. Se recomienda al usuario leer la versión original del documento y sacar sus propias conclusiones sobre cualquier pregunta abierta a interpretación. La FECC o Miller no son responsables por daños directos, indirectos, aleatorios, especiales y consecuentes, que pueden ser causados como resultado de la confianza depositada por el usuario en la traducción propuesta.
26 de Febrero de 2020.
Texto del Seguro CCI. 2020 RESPONSABILIDAD CIVIL (Traducción Castellano)